1. ¿Cuándo debo solicitar que se me reconozcan los créditos?
En cada curso académico la comisión de Convalidaciones, Adaptaciones
y Equivalencias publica una resolución en Enero en la que se informa
del número de créditos que se han reconocido a cada alumno que lo ha
solicitado. El plazo máximo de entrega de documentación para esta
convocatoria es el primer día lectivo del mes de Diciembre
2. ¿Qué documentación debo entregar?
El formulario de solicitud de reconocimiento de créditos de libre
configuración y fotocopias compulsadas (se compulsarán en la
secretaría del centro) de los documentos oficiales que acrediten la
actividad alegada (para el caso de prácticas en empresa, el formulario
de evaluación expedido por el tutor, el certificado del organismo o
empresa y la memoria).
3. ¿Cuándo se incorporan estos créditos a mi expediente?
Los créditos obtenidos por reconocimiento no necesitan de una
matrícula previa (aunque para solicitarlos el alumno debe estar
matriculado en la titulación correspondiente, en el curso académico
en que solicite el reconocimiento de dichos créditos). Una vez se
publique la resolución de la comisión, el alumno debe abonar los
precios públicos correspondientes, y en el momento en que el
alumno presente el resguardo del pago en secretaría los créditos
se cargan en su expediente. |